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Se inicia la información pública del proyecto informativo de la conexión de la conducción de Benínar-Aguadulce con los riegos de la Vega de Adra (Almería) y de su Estudio de Impacto Ambiental, encomendada a ACUAMED
Lunes, 24 de Julio de 2006
Fuente: Geoscopio/Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación, el Boletín Oficial del Estado publica la Resolución del Ministerio de Medio Ambiente, por la que se anuncia la información pública del proyecto informativo de las obras para la “conexión de la conducción de Benínar-Aguadulce con los riegos de la Vega de Adra (Almería) y de su Estudio de Impacto Ambiental”, actuación encomendada a la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. ACUAMED, por el Ministerio de Medio Ambiente.

El presente proyecto se enmarca dentro de la Ley 11/2005 por la que se modificó laLey10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. Concretamente se cita dentro de las actuaciones del Anexo IV “Actuaciones prioritarias y urgentes en las Cuencas Mediterráneas”, en el apartado de la Cuenca Hidrográfica del Sur, con el título 1.2.d)“Mejora de las infraestructuras hidráulicas de los riegos de la zona de Poniente de Adra”.En el Anexo II de la Ley 10/2.001, de 5 de julio, en el apartado correspondiente a la Confederación Hidrográfica del Sur de España se incluye la actuación “Mejora de los riegos de la zona del poniente de Adra” declarándose de interés general.

De acuerdo con las funciones encomendadas por el convenio de gestión directa, ACUAMED ha redactado el proyecto de construcción, objeto de análisis, basándose en lo indicado en el artículo 126 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Para conseguir el objetivo que se plantea se proyectan las actuaciones siguientes:

• Construir una conducción de fundición dúctil de 500 mm de diámetro de 4.803 metros de longitud con un caudal de diseño de 342 litros por segundo, para reponer una conducción actualmente fuera de servicio. La toma se realiza mediante una arqueta en el canal de Beninar-Aguadulce y su traza discurre en dirección Sur hasta la nueva arqueta de conexión con la red de riego de la Vega de Adra punto donde se produce la entrega.

• Conectar con la conducción existente de la red de riego mediante una tubería de las mismas dimensiones que la anterior y una longitud de 49 metros, desde la arqueta de entrega hasta el punto de conexión con la tubería de la red de riego.

• Instalar desagües y ventosas como elementos complementarios de la conducción. Los primeros son de 150 mm de diámetro y las ventosas de 100 y 150 mm, con las presiones correspondientes en el drenaje al exterior. El tipo 1 posee un desagüe fácil al exterior en función de la pendiente del terreno y consta de una única arqueta y el tubo de salida al exterior. Cuando la topografía de la zona no ofrece facilidades para el desagüe, se utiliza el tipo 2 que consta de dos arquetas, una de las cuales funciona llena y vierte por su zona superior. También hay dos tipos de ventosa, ya que en el río Chico la conducción discurre por zona inundable. En este caso se dispone una T en la conducción principal hasta una cota fuera de la zona inundable, donde se dispone la arqueta de ventosa.

El Proyecto contempla procesos constructivos especiales para el desvío del río Chico durante la construcción, la retirada de la tubería existente y su transporte a vertedero así como para la disposición de seis zonas de acopio para que minimicen la afección durante la ejecución de las obras.

En el Anejo número 19 de “Integración Ambiental”, se recogen todas las medidas preventivas y correctoras de impacto ambiental establecidas en el estudio de Impacto Ambiental del Proyecto. Destaca las medidas de conservación y recuperación del fartet (Aphanius Iberus), cuyo valor ecológico da origen a la declaración de la red de drenaje del río Adra como Lugar de Interés Comunitario (LIC “Río Adra “ ) incluido en la Red Natura 2000 bajo la Directiva 91/43 CE.

El proyecto consta de los documentos reglamentarios, con memoria y anejos, planos de situación, conjunto y detalle para definir las obras, pliego de prescripciones técnicas y presupuesto.

Incluye asimismo, el preceptivo estudio de Seguridad y Salud, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, el Estudio de Impacto Ambiental, así como la relación de bienes y derechos afectados necesarios para la ejecución de las obras.

Por ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y para general conocimiento se somete a Información Pública el proyecto y su estudio de impacto ambiental durante veinte (20) días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Provincia de Almería podrá ser consultado por las personas que lo deseen al objeto de formular alegaciones.

La documentación correspondiente estará a disposición de los interesados en los días y horas hábiles de oficina en la en la Subdelegación del Gobierno en Almería, calle Arapiles nº 19, en el Ayuntamiento de Berja, plaza de la Constitución nº 1 y en las oficinas de ACUAMED en Almería, paseo de Almería nº 37-9º C.

Las alegaciones que se considere oportuno presentar deberán dirigirse a la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Plaza San Juan de la Cruz s/n, 28071 Madrid, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


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