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Aprobada una modificación del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero 2005-2007

Martes, 27 de Junio de 2006



Fuente: Geoscopio/Madrid.
El Real Decreto aprobado establece la cantidad adicional de derechos de emisión necesaria para asignar derechos a todas las instalaciones que deben incluirse en el PNA, una vez incorporadas las instalaciones de combustión de más de 20 MW. También unifica la reserva para nuevos entrantes y se incrementan los topes sectoriales para aquellos sectores en los que se encuentran incluidas las instalaciones respecto de las cuales el Consejo de Ministros ha estimado recursos de reposición.

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Plan Nacional de Asignación (PNA) de derechos de emisión 2005-2007, para adaptarlo al Derecho comunitario en relación con las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

En diciembre de 2004, la Comisión Europea decidió que era imprescindible incorporar al ámbito de aplicación de la ley española todas las instalaciones de combustión de más de 20 MW de potencia térmica nominal, no incluidas inicialmente. Para ello, el Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo, modificó la Ley.

Como consecuencia de ello, el Real Decreto aprobado hoy reforma el Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación 2005-2007, y tiene por objeto establecer la cantidad adicional de derechos de emisión precisa para asignar derechos a todas las instalaciones que deben incluirse en el PNA.

La reforma abordada se centra en la modificación del cuadro que recoge el escenario de asignación para los sectores industriales. Para ello, se ajustan las cuantías de derechos y categorías de actividades a la ampliación efectuada en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005.

Asimismo, se unifica la reserva para nuevos entrantes. Hasta el momento, existían tres reservas diferenciadas: una para el sector generación eléctrica de servicio público, otra para el conjunto de los sectores industriales y una tercera para las cogeneraciones no anexo I. Esta subdivisión generaba dificultades, dados los problemas para acomodar las necesidades de crecimiento de cada sector con los límites máximos de cada reserva, por lo que se ha decidido proceder a la unificación de la reserva.

También se incrementan los topes sectoriales de la asignación, con cargo a la reserva, para aquellos sectores en los que se encuentran incluidas las instalaciones respecto de las cuales el Consejo de Ministros ha estimado recursos de reposición. A fin de ejecutar las resoluciones estimatorias de los recursos de reposición planteados, en los sectores a los que pertenezcan las instalaciones afectadas, la asignación en promedio anual sin reserva se aumenta en la diferencia entre la cantidad asignada inicialmente y la establecida por la resolución del recurso de reposición, reduciéndose en la misma cuantía la reserva para nuevos entrantes.


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