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Entrada en vigor del Protocolo de 1996 del Convenio de Londres sobre prevención de la contaminación del mar por vertimientos de desechos y otras materias
Jueves, 30 de Marzo de 2006
Fuente: Geoscopio/Madrid.
Con la ratificación del Protocolo por parte de México se ha alcanzado el número mínimo imprescindible de ratificaciones para su entrada en vigor, llevado a efecto el 24 de Marzo de 2006.

Una vez cumplidas las condiciones establecidas en el articulado del Protocolo, 30 días después de la ratificación por parte de la 26ª Parte Contratante -México - ha entrado en vigor el Protocolo de 1996, ratificado por España en marzo de 1999 y que constituye un hito en la protección del medio marino a escala global, al regular la utilización del mar como depósito de materiales de forma más restrictiva a como se venía haciendo hasta ahora. Este Protocolo incluye en su ámbito geográfico, las aguas, el lecho marino y el subsuelo de todos los mares, dejando a la libre elección de los Estados la inclusión en su ámbito de aplicación de las aguas interiores.

El Protocolo de 1996 constituye un marco más actualizado y completo para la protección general del medio marino que el Convenio de Londres original de 1972, incluyendo los principios emanados de la Agenda 21 y el Plan Global de Desarrollo Sostenible de la Cumbre sobre Desarrollo y Medio Ambiente celebrada en Río de Janeiro en 1992.

Respecto al Convenio original los avances que pueden considerarse más significativos son la inclusión de los principios de "Precaución" y de "quién contamina paga", así como la denominada "Lista inversa", que viene a prohibir el vertimiento al mar de cualquier tipo de desecho con la única excepción de los siete tipos de materiales que se recogen en su Anejo nº 1 y para cuyo vertido al mar se han desarrollado unas directrices genéricas y, en algunos casos, unas específicas para cada tipo de desecho.


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