El Gobierno revisa los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley de Envases y Residuos de Envases y su Reglamento
Lunes, 6 de Marzo de 2006
Fuente: Geoscopio/Madrid. Con este Real Decreto se pretende incorporar al derecho interno español la Directiva 2004/12CE relativa a envases y residuos de envases. La revisión de los objetivos no conlleva la modificación del esquema de recogida y gestión, simplemente se obliga a aplicarlo de forma más eficiente
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre la gestión de los residuos de envases, que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2004/12/CE de la UE. Esta Directiva modifica la anterior Directiva
94/62/CE, reguladora de estos mismos residuos, que fue transpuesta, en su momento, al derecho español a través de la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases y de su Reglamento, adoptado por el Real Decreto 782/1998.
Entre las novedades que se introducen cabe destacar los nuevos objetivos ecológicos de recuperación, valorización y reciclaje que estarán obligados a cumplir todos los países de la UE.
Estos objetivos son más exigentes que los anteriormente vigentes, con la particularidad adicional de que se establecen objetivos distintos para los envases fabricados con materiales diferentes; esta distinción, que no discriminación, se justifica por la mayor factibilidad y reciclabilidad de unos materiales (vidrio, papel/cartón, metales, plástico, madera) con respecto a otros.
El esquema jurídico aplicable a los responsables de la puesta en el
mercado de envases, es decir, a los productores y envasadores, no varía, por lo que las organizaciones actualmente existentes que vienen asumiendo la responsabilidad de la recogida y valorización de estos residuos en nombre de aquéllos, es decir los Sistemas Integrados de Gestión, se mantiene: toda la logística ya establecida, fruto del gran esfuerzo realizado en los últimos años, se mantendrá.
Otra interesante novedad, de gran importancia práctica, la constituyen algunos criterios interpretativos para facilitar la aplicación de la legislación en materia de residuos de envases. Se trata de algunas directrices para decidir qué es y qué no es un residuo de envase, cuestión que con cierta frecuencia viene planteando en toda Europa algunas dudas jurídicas. Estos criterios serán transpuestos al derecho español en una norma con rango de ley, ya que modifican parcialmente la propia definición de residuo en vigor en
nuestro país, que está contenida en la Ley 11/1997, de Envases y Residuos de Envases.
Este Real Decreto forma parte y se enmarca en la iniciativa tomada el pasado año por el Ministerio de Medio Ambiente para perfeccionar y completar la regulación ambiental de estos residuos, con la colaboración de las administraciones regionales y locales y de todos los agentes económicos y sociales. Es voluntad de este Ministerio aprovechar la experiencia acumulada en esta materia a lo largo de los últimos nueve años para actualizar las normas en vigor a la luz de lo logrado hasta ahora.
En este período de tiempo se ha avanzado en España mucho en este campo, gracias a la buena colaboración de todas las Administraciones, de las organizaciones económicas afectadas y de la cooperación de la población. Se trata ahora de dar un segundo impulso ecológico, no sólo porque lo exige la legislación europea sino, también, por el convencimiento de este Ministerio de que es posible lograr metas más ambiciosas en los años venideros si se mejoran algunos aspectos jurídicos y técnicos vigentes.
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