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Aprobado el Real Decreto que controlará los neumáticos una vez que éstos se han convertido en residuos

Lunes, 9 de Enero de 2006



Fuente: Geoscopio/Madrid.
El Real Decreto garantiza la prevención y la correcta gestión ambiental de un residuo de enorme significación social, del cual se generan más de 300.000 toneladas al año. Se hace efectivo el principio de responsabilidad del productor, esto es, quien contamina, paga. Se constituirá, con carácter inmediato, un sistema integrado de gestión que velará por el cumplimiento del Real Decreto y sus ambiciosos objetivos ecológicos.

Se ha aprobado el Real Decreto sobre la gestión de neumáticos fuera de uso que tiene por objeto prevenir la generación de neumáticos fuera de uso (NFU) y establecer el régimen jurídico de su producción y gestión: por este orden, su reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, con la finalidad de proteger el medio ambiente.

Uno de los residuos que más caracterizan a las sociedades desarrolladas modernas, tan dependientes del automóvil, son los neumáticos fuera de uso, resultantes del uso de aquellos. Este tipo de residuos requiere un tratamiento jurídico-técnico específico que, aplicando los principios teóricos básicos de la gestión de residuos, permita reducir su generación y reciclar sus componentes.

Aunque se trata de un residuo no peligroso, sus particulares características de no degradabilidad en la naturaleza o su alta capacidad calorífica -que dificulta su extinción en caso de incendios- entre otras, constituyen factores que aconsejan la adopción de una norma que los regule teniendo en cuenta esas características propias.

De acuerdo con las estadísticas más recientes, en los últimos años se han generado, en la Europa de los Quince, unos 205 millones de unidades de NFU anuales, esto es, unas 3 millones de toneladas. En España, los últimos datos disponibles indican que en 2003 se generaron 297.000 t y en 2004, 305.000 t.

LA DIRECTIVA EUROPEA
En 1999, la Unión Europea adoptó la Directiva 1999/31/CE, en la que prohibía la eliminación por depósito en vertedero de los neumáticos enteros a partir de 2003 y de los neumáticos troceados a partir de 2006. Esta Directiva se transpuso al derecho interno español a través del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre. Como consecuencia práctica directa de tales prohibiciones, se hace necesaria la búsqueda de nuevas posibilidades de reciclaje del material contenido en los NFU.

En el año 2001 y en aplicación de la Ley 10/1998, de Residuos, se aprobó el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso 2001-2006, en el que se preveía la elaboración y aprobación de un esquema económico para asegurar la correcta gestión ambiental de los NFU.

El Real Decreto que ahora se aprueba constituye la culminación de este proceso tendente a optimizar la gestión de los NFU, estimulando las medidas de prevención (alargamiento de su vida útil, recauchutado), promoviendo su reciclaje e incorporando a nuestro ordenamiento interno el principio de responsabilidad del productor, uno de los más relevantes de cuantos figuran en la estrategia comunitaria sobre residuos.

Los contenidos básicos de este Real Decreto son los siguientes:
  • Garantizar la recogida y correcta gestión ambiental en el territorio español de los neumáticos puestos en el mercado nacional, con excepción de los neumáticos de bicicleta y aquellos cuyo diámetro exterior sea superior a 1.400 milímetros.
  • Atribuir la responsabilidad básica de la correcta gestión de los NFU a los responsables de la puesta en el mercado de los neumáticos nuevos, ya sean fabricantes, importadores o adquirientes en otro Estado de la UE.
  • Fomentar la política preventiva mediante la obligación de que los productores elaboren planes empresariales de prevención que identifiquen los mecanismos de fabricación que prolonguen la vida útil de los neumáticos y faciliten la reutilización y el reciclado de los neumáticos al final de su vida útil.
  • Establecer obligaciones para los productores de neumáticos tales como garantizar que se alcanzan, como mínimo, los objetivos ecológicos que se establecen en el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso 2001-2006 y en sus sucesivas revisiones.
  • Identificar la figura del "Generador del residuo" (por ejemplo los talleres de coches) estableciendo sus responsabilidades, entre las que destaca la de hacerse de los residuos de neumáticos que generen como consecuencia de la prestación de un servicio dentro del marco de sus actividades. En este sentido estarán obligados a entregar los NFU al productor de neumáticos, a un centro autorizado o gestor o gestionarlos por sí mismos.
  • Cuantificar unos objetivos ecológicos mínimos de recuperación, reciclaje y otras formas de valorización de los NFU. Para ello el productor de neumáticos estará obligado a garantizar que se alcanzan, como mínimo, los objetivos ecológicos que se establecen en el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso 2001-2006 y en sus sucesivas revisiones.
      Los objetivos ecológicos hoy en vigor son:
      o Recuperación y valorización del 100 por ciento de los NFU troceados generados antes de 2007, incluidos los ya almacenados en los vertederos o depósitos existentes.
      o Prohibición de la eliminación (vertido o incineración sin recuperación energética) de los NFU enteros y de los troceados a partir del 1 de enero de 2006.
      o Reducción en un 5 por 100 en peso de los NFU generados mediante el alargamiento de la vida útil de los neumáticos, la mejora del uso del neumático y de la conducción de los vehículos, entre el 2001 y el 2006.
      o Recauchutado de, al menos, un 20 por 100 en peso de los NFUs de vehículos generados, antes del 1 de enero de 2007.
      o Reciclado del 25 por 100 en peso de los NFU procedentes de vehículos de turismo, antes del 1 de enero de 2007.
      o Antes del 1 de enero de 2007, reciclado de, al menos, el 25 por 100 en peso de los NFU procedentes de camiones.

  • Diseñar un esquema que permita la participación en las operaciones de recogida y gestión de NFU a todos los agentes económicos que intervienen en el ciclo de vida del neumático, incluidos los recicladores. En particular se abre la posibilidad de poner en práctica Sistemas Integrados de Gestión de del mismo modo que se viene haciendo con otros tipos de residuos.
  • Y establecer las modalidades de gestión que pueden ser utilizadas por los productores de los neumáticos. En este último sentido, los productores han apostado por el procedimiento de Sistema Integrado de Gestión (SIG) habiendo constituido ya una entidad sin ánimo de lucro denominada SIGNUS ECOVALOR, que de forma inmediata tramitará sus autorizaciones como SIG en las comunidades autónomas, para responsabilizarse de la correcta gestión ambiental de los neumáticos, una vez que éstos se convierten en residuos.

    Por otro lado, el Ministerio de Medio Ambiente está promoviendo actuaciones de fomento del reciclado de NFU. Entre éstas destacan las medidas tendentes al impulso a la creación de un mercado de NFU. Así se están consensuando con el Ministerio de Fomento las condiciones para la utilización de este residuo en la producción de mezclas bituminosas para las autovías y carreteras promovidas por el Estado. Además, en la Memoria Ambiental del PEIT se incluyó una recomendación expresa según la cual las actuaciones de I+D+i de aquél deben incluir entre las líneas prioritarias el uso de residuos y materiales reciclados en la construcción de infraestructuras.


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