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Aprobado el Real Decreto por el que se regulan las subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales

Lunes, 17 de Octubre de 2005



Fuente: Geoscopio/Madrid.
Las ayudas, destinadas al desarrollo sostenible, serán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y la tramitación y resolución de los procedimientos corresponde a las comunidades autónomas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

Este Real Decreto regula con carácter básico el objeto de las subvenciones, los posibles beneficiarios, las iniciativas susceptibles de recibir las ayudas y los criterios de valoración mínimos que deben tenerse en cuenta para la concesión.

También se reconoce, expresamente, que la tramitación y resolución de los procedimientos corresponde a las comunidades autónomas.

La finalidad de las ayudas es la promoción del desarrollo sostenible, es decir, un desarrollo económico y social que sea compatible con la protección y mejora del medio ambiente. En base a este objetivo, la financiación de las subvenciones corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales, y la dotación económica para este año asciende a 4,3 millones de euros. Esta cantidad es la suma del presupuesto inicial del Organismo Autónomo Parques Nacionales, que estaba establecido en 2 millones de euros, y del incremento de 2,3 millones de euros, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 16 de septiembre.

Tal y como establece el Real Decreto pueden ser beneficiarios las entidades locales, las empresariales, los particulares, los propietarios y las instituciones sin ánimo de lucro, siempre que estén situados en el área de influencia socioeconómica de cualquiera de los Parques Nacionales.

Pueden ser subvencionables las inversiones en estas zonas para iniciativas públicas tendentes a la modernización de infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como los proyectos públicos o privados de conservación o restauración del patrimonio natural, de eliminación de impacto sobre los valores naturales o culturales y los dirigidos a garantizar la compatibilidad de actividades y usos tradicionales con los objetivos de los Parques Nacionales.

Las comunidades autónomas podrán incluir en sus respectivas convocatorias, entre otras cosas, las inversiones en áreas de influencia socioeconómica para restaurar el patrimonio arquitectónico y mantenimiento o recuperación de edificios tradicionales.

También está previsto subvencionar las iniciativas privadas para poner en marcha actividades económicas relacionadas con la atención de visitantes y comercialización de productos artesanales.

Asimismo, el Real Decreto contempla ayudas para actividades públicas o privadas que tengan como objetivo la divulgación de los Parques Nacionales o la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión de los Parques Nacionales.

Por último, y con carácter general, la nueva normativa considera que puede subvencionarse cualquier iniciativa pública o privada contemplada en los Planes de Desarrollo Sostenible de los Parques Nacionales o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios que confirman sus áreas de influencia socioeconómica.

PROCESO DE NEGOCIACIÓN
La aprobación de este Real Decreto es la culminación de un laborioso proceso de negociación que comenzó con un acuerdo del Consejo de Ministros el 24 de mayo de 2004. Según establece este acuerdo, las comunidades autónomas serán las encargadas de convocar, tramitar, conceder y pagar las subvenciones públicas que la Administración General del Estado tiene establecidas para financiar proyectos compatibles con la conservación de la naturaleza en las zonas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

En una primera etapa, las Comisiones Mixtas de Gestión de los Parques Nacionales abordaron tanto el contenido del reglamento como los criterios de distribución. A continuación se analizaron ambos asuntos en el Consejo de la Red de Parques Nacionales, en el que participan representantes de las administraciones y de los sectores involucrados en la conservación y gestión de estos espacios protegidos. En una segunda reunión del Consejo de la Red se dio el visto bueno al futuro reglamento, en el que se habían ido introduciendo las sugerencias aportadas en las diferentes reuniones.


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