Fuente: Madrid/Geoscopio
Los nuevos valores límites y umbrales de alerta, que serán más restrictivos, permitirán evitar los daños que la contaminación atmosférica produce, tanto sobre la flora y la fauna, como sobre el patrimonio histórico-artístico. Estos valores incorporan las Directivas comunitarias sobre el tema.
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto para mejorar la calidad del aire por el que se establecen nuevos valores límite y, en su caso, de alerta, sobre las emisiones contaminantes más presentes en las zonas urbanas. También establece métodos de medición, evaluación y comunicación de datos más compatibles con los existentes en la Unión Europea para proporcionar mejor información al público.
El Real Decreto se centra en la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono.
Los nuevos valores límites y umbrales de alerta, que serán más restrictivos, permitirán evitar los daños que la contaminación atmosférica produce, tanto sobre la flora y la fauna, como sobre el patrimonio histórico-artístico, con los costes que su mitigación implica cuando no supone daños irreversibles difíciles de cuantificar.
Existe una relación directa entre los niveles de exposición a la contaminación atmosférica y los daños sobre la salud de las personas. La mejora de la calidad del aire implica un beneficio directo sobre la calidad de vida de la población y una reducción de costes de enfermedad.
Por el Real Decreto aprobado se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico las Directivas comunitarias sobre el tema, tomando como base legal la Ley sobre Protección del Ambiente Atmosférico de 1972, desarrollada por un Decreto de 1975 y sus sucesivas modificaciones parciales que han ido adaptando dichas normas europeas en materia de calidad del aire.
Las redes de vigilancia y control de la contaminación atmosférica, dependientes de las Comunidades Autónomas, deberán adaptarse a los requerimientos técnicos que se deriven de las nuevas necesidades de medición, procesamiento y transmisión de datos relativos a cada uno de los parámetros contaminantes que se incluyen en el Real Decreto.
Mediante este Real Decreto se establecen también los cauces necesarios para dar cumplimiento a las decisiones comunitarias sobre intercambio recíproco de información de las redes y estaciones de medición de la contaminación en todos los Estados miembros de la Unión Europea.
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