Fuente: Madrid/Geoscopio.
Calidad Ambiental de La Rioja prepara una experiencia piloto, con apoyo de la Unión Europea, para el tratamiento y descontaminación de las aguas procedentes del lavado de las cisternas de los agricultores.
En La Rioja se generan 150 Tm. de residuos de envases de estos productos cada año, lo que llevó a la Dirección General de Calidad Ambiental a emprender una serie de iniciativas para asegurar una correcta gestión de estos Residuos Peligrosos, minimizando así su vertido indiscriminado que puede llegar a ocasionar graves problemas ambientales.
La primera recogida efectiva de estos envases se realizó en 1999 cuando AEPLA, escogió a La Rioja para llevar a cabo una prueba piloto de recogida de envases de fitosanitarios que luego pudiese servir para toda España.
Esta prueba se basa en una recogida itinerante dos veces al año y en el "triple enjuagado" de los envases, que los convierte en residuos menos peligrosos abaratando sus costes de gestión.
La Ley 14/2000 posibilita que este tipo de envases puedan constituirse como SIG. Esta posibilidad toma forma a finales del pasado año y obliga a que los productos fitosanitarios envasados sean puesto en el mercado a través de un sistema de depósito, devolución y retorno o a través de un SIG, y da un plazo máximo de seis meses para la constitución de este sistema integrado de Gestión.
Así el nuevo sistema Integrado de Gestión que se va a crear, que llevará por nombre SIGFITO, será quien se encargue en el futuro de sufragar los costes de la gestión de estos residuos.
La próxima implantación del Sistema Integrado de Gestión traerá probablemente algunas novedades, la más importante que cambiarán la recogida itinerante por una recogida en puntos fijos en los lugares de venta.
En cuanto a los agricultores, como usuario final y como poseedor final de los envases y sus residuos tienen la obligación de entregarlos al gestor autorizado o al SIG, momento en el que reciben un justificante de entrega que deben conservar y que da fe que han colaborado en la correcta gestión de los mismos.
Todas las especificaciones sobre estos documentos de control y su tramitación han sido establecidas en una Orden que acaba de publicar la Consejería para facilitar todo este procedimiento (Orden 1/2002, de 21 de enero, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento a emplear para la recogida de pequeñas cantidades de residuos peligrosos).
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