Fuente: Madrid/Geoscopio.
El Consejo de Gobierno, a propuesta del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, ha aprobado un Decreto por el que se regula la inspección y revisión de las instalaciones de gas en servicio, destinadas a usos domésticos, colectivos o comerciales.
Este Decreto tiene varios objetivos: por un lado, simplificar las obligaciones de los titulares y usuarios del gas y facilitar su cumplimiento, definir y regular el alcance y procedimiento técnico de la inspección o revisión, establecer las actuaciones a realizar en el caso de que se incumplan las obligaciones y dificultar que unas pocas empresas de actuación irregular -"piratas"- realicen revisiones perjudicando y confundiendo al usuario.
Para conseguir los objetivos expuestos se ha clarificado el sistema de control, de tal forma que en gas canalizado sólo se va a efectuar una inspección por la empresa suministradora y en gas envasado (propano y butano) una revisión por una empresa instaladora debidamente autorizada.
Mediante esta nueva regulación, en el caso del gas canalizado, la inspección correrá a cargo de la propia empresa suministradora (Donostiagas, Gasnalsa, Naturgas, Bilbogas). Los usuarios tan solo tendrán que facilitar la labor llevada a cabo por las citadas compañías.
En relación al gas envasado, por el contrario, corresponde al propio usuario acudir a cualquiera de las empresas autorizadas por el Departamento de Industria, Comercio y Turismo para que efectúen la pertinente revisión .
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