Fuente: Madrid/Geoscopio.
Con la publicación en el DOG, entra en vigor la Ley de Conservación de la Naturaleza de Galicia, una normativa específica de la Comunidad Autónoma en esta materia. Esta norma nace encuadrada en una política global de medio ambiente con el objetivo principal de mantener y mejorar la biodiversidad, así como de establecer un régimen propio de protección de los recursos naturales gallegos.
Esta situación demandaba un instrumento jurídico general para la protección del conjunto del territorio gallego, la defensa global de la naturaleza y de los recursos y la posibilidad de conservación y gestión específica de los espacios naturales.
Esta ley enfatiza la incorporación la derecho gallego de los principios emanados de la Conferencia de Río, en cuanto a la gestión sostenible de los recursos naturales. También asume los principios de subsidariedad, buscando una mayor coordinación de los agentes públicos y privados.
La Ley consolida la competencia de la Consejería de Medio Ambiente para la propuesta de las normas de protección de espacios naturales, junto a las entidades locales e incluso a los ciudadanos particulares
Se introducen significativas novedades en la organización administrativa de los espacios Naturales bajo protección. Tras una declaración genérica de tutela, que ejercerá la Consejería, , se perfilan la gestión adecuada para cada categoría de espacio. Así mismo se mantiene la existencia de un órgano colegiado consultivo para canalizar la participación de los intereses sociales o económicos de los afectados, excepto en los casos de que la gestión sea asumida directamente por los servicios de la Consejería competente.
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