Fuente: Madrid/Geoscopio.
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Protección ambiental de sus Salinas de Ibiza y Formentera, dando luz verde para su tramitación al Parlamento de las Islas Baleares.
Esta Ley declara Parque, con la denominación de Parque Natural de sus Salinas de Ibiza y Formentera, al área de unas 2.500 Ha de tierra y estanques salinos y de unos 50 kilómetros cuadrados de áreas marinas, que está comprendida entre los términos municipales de Sant Josep de Sa Talaia en la isla de Ibiza y de Formentera, y sus aguas interiores.
La declaración de Parque Natural de sus Salinas de Ibiza y Formentera, y de sus áreas de reserva tiene como finalidad:
- La conservación íntegra, la rehabilitación y recuperación de su patrimonio natural, paisajístico y etnológico.
- La difusión pública y el uso pedagógico de sus valores ambientales y humanos.
- Constituir un ámbito privilegiado de estudio e investigación científica sobre especies y hábitats húmedos del bioclima mediterráneo.
- Conseguir un uso turístico y recreativo ecológicamente adecuado, atendiendo a la vocación natural y cultural del área.
- Conseguir una gestión ambientalmente sostenible.
A la espera de la planificación medioambiental que se verá reflejada en la aprobación de un Plan Rector de Uso y Gestión del Parque, se ha previsto el establecimiento de una zona periférica de protección y la existencia de una zona socioeconómica de influencia.
Por lo tanto, se prohiben con carácter general una serie de actividades que suponen una alteración física o funcional de los ecosistemas del Parque Natural, y se demoran al futuro plan rector de uso y gestión la regulación y el detalle de aquellas actividades que siguen compatibles con la declaración de esta Ley. A continuación, se han previsto los instrumentos de planificación y desarrollo de la gestión del Parque.
Las disposiciones adicionales de la Ley determinan todo un régimen urbanístico, aplicable a la zonas incluidas en el Parque y en su zona periférica de protección, con la finalidad de convertir en una realidad efectiva el objetivo de esta ley.
Finalmente, la entrada en vigor de esta Ley dará cobertura normativa de efectiva protección para este espacio. En este momento está protegido por la Ley estatal 26/1995, de 31 de julio, que declara la Reserva Natural. Esta protección y la de la LEN (Ley 1/1991, de 30 de enero) es sólo una protección de "papel", concepto que se aplica a aquellos espacios protegidos que no tienen articulado un desarrollo de su ordenación ni una efectiva gestión encaminada a conseguir los objetivos de conservación que la norma de creación persigue.
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