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Canarias reducirá en 2 años las partículas contaminantes del aire por debajo del límite establecido por Europa

Lunes, 6 de Julio de 2009



Fuente: Gobcan
  • Las acciones del Gobierno autónomo permitirán a las Islas reducir los valores límite de partículas en suspensión.
  • La CE ha objetado las superaciones de PM10 de 2005 y 2006 en Santa Cruz de Tenerife-La Laguna, anteriores a la fecha de implantación de las medidas preventivas y correctoras.


La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, ante las objeciones de la Comisión Europea referidas al cumplimiento, previo al 11 de junio de 2011, de determinados valores límite de partículas en suspensión (PM10) en la zona Santa Cruz de Tenerife ¿ La Laguna, informa que las medidas para su reducción que se están implantando actualmente en las Islas permitirán cumplir la legislación relativa a la calidad del aire antes de esa fecha. 

Cabe recordar a este respecto que el Gobierno autónomo aprobó el pasado mes de diciembre el Plan de Actuación de Calidad del Aire, que establece acciones precisas para conseguir el objetivo de mejorar y mantener una buena calidad del aire en la Comunidad Autónoma. En este sentido, el despliegue de una amplia red de medición de la calidad del aire en todo el territorio canario se traducirá, de aquí a finales del año 2010, en un incremento de más de un 36 por ciento el número de estaciones de control de la contaminación que afecta a la atmósfera, y en el doble del número de analizadores. También la Autorización Ambiental Integrada (AAI), que concede la Viceconsejería regional de Medio Ambiente, tiene como objeto reducir la contaminación de la atmósfera (además de la del agua y suelo) con el propósito de alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente en su conjunto.

La CE, que considera que deben formularse objeciones a las notificaciones por España de una exención relativa al valor límite diario y al valor límite anual para PM10 en el Archipiélago, expone que no se ha podido demostrar satisfactoriamente que no se respeten los valores límite debido a unas condiciones climáticas adversas. A juicio de Emilio Atiénzar, director general de Calidad Ambiental del Gobierno de Canarias, "el problema está en las superaciones ocurridas en los años 2005 y 2006, anteriores a la fecha de implantación de las medidas, por lo que no puede demostrarse que las superaciones se debieron a causas meteorológicas como considera la Comisión". Por ello, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en aplicación del artículo 22.2 de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2008 relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, ya informó a Europa sobre la exención de los plazos para aplicar estos valores límite por un máximo de cinco años en la zona Santa Cruz de Tenerife-La Laguna. 

"Conseguir que el aire que respiramos en Canarias sea más limpio y saludable, además del ahorro energético y el impulso de la economía y el empleo son los objetivos que persigue el Gobierno canario", explica Atiénzar, para quien el Plan de Actuación de Calidad del Aire "supuso una acción esencial para la solución del problema de contaminación por partículas PM10 en Canarias, si bien las acciones efectivas se iniciaron antes, concretamente en 2004, a través de la atribución a la Viceconsejería de Medio Ambiente de la competencia para conceder la autorización ambiental integrada", como la otorgada en abril de 2008 a la Refinería de CEPSA de Santa Cruz de Tenerife, que supuso una importante reducción de los niveles de PM10 en el aire de la zona.

En el año 2006 también supuso un avance importante, en lo referido al sector industrial, y de cara a la adopción de nuevas acciones para resolver el problema, la transferencia de las competencias de control de la contaminación atmosférica de origen industrial mediante el Decreto 101/2006, de 11 de julio.


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